Fecha de Noticia: 14-febrero-2019

No existirán procesos por menos 100.

 

 

 

 

El nuevo Código Tributario, publicado el 14 de febrero de 2019, indica que la DGi podrá dejar de cobrar morosidades inferiores a US$ 100.

 

Así se desprende del artículo 86 de esta norma.

 

El texto de la norma deja libre el camino para no iniciar expedientes de cobro coactivo por morosidades que no superen esta cifra.

 

Adicionalmente, el mismo código, en su artículo 256, permite dar de baja estas morosidades y sacarlas de la lista de morosos.

 

Junto a este caso, otras dos morosidades podrán ser dadas de baja por la DGI.  Estas son:

 

1. Incobrabilidad.

2. Prescripción.

 

Según el mismo artículo 256, la DGi, bajo estas circunstancias, podrá actualizar (entiendase borrar) estos créditos de su sistema.

 

El nuevo código también atribuye responsabilida al heredero universal por las deudas del fallecido (ver noticia).

 

El código también permite realizar arreglos de pago y sacar paz y salvo pagando 45% de la deuda tributaria  (ver noticia).

 

El código también permite, bajo ciertas circunstancias, gravar a los contribuyentes sobre bases presuntas (ver noticia).

 

Otro cambio del Código es la suspensión de pago de impuestos por parte del Ejecutivo ante emergencias nacionales o regionales (ver noticia).

 

El Código entrará a regir el 1 de enero de 2020 salvo algunos artículos relacionados con el fraude fiscal entre otras materias.

 

Para ver el nuevo código haga click aquí: (ver código).

 

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Por: Carlos Urbina

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