Fecha de Noticia: 7-Abril-2018

TAT ordena a la DGI a pronunciarse en el fondo - Sin meros formalismos.

 

 

 

 

El el año 2005, cuando el gobierno de esa época improvisó el CAIR, las autoridades de ese tiempo decidieron negar las solicitudes por meras formalidades para evitar conocer el fondo de las mismas.

 

Esto tuvo su máxima expresión con la absurda idea de ignorar el artículo 76 de la Ley 38 de 2000 que claramente ordena al funcionario subsanar las solicitudes de los contribuyentes.

 

Quienes administraban la DGI en ese entonces, escondieron su ignorancia en temas fiscales utilizando esta "estrategia" y evitaban así concer el fondo de las solicitudes.

 

En el caso que motiva esta nota, el TAT corrige este pecado original del CAIR dejando sentando una clara jurisprudencia en contra de esta absurda práctica.

 

Resolución Original:

 

El contribuyente solicitó la no aplicación del CAIR para el periódo fiscal 2013.  La DGi le niega esta petición argumentando que no se cumple con los artículo 19, 133-e y 146 del DE 170 de 1993.  Estos artículos se refieren a meras formalidades de la factura, los requisitos de la solicitud del CAIR y la obligación de retener remesas.  Estos artículos, en especial los primeros dos, son meras formalidades.

 

El contribuyente reconsidera proponiendo pruebas que demuestren su verdad en el fondo de su petición, siendo esto estar en pérdidas en ese año fiscal.  Al fallar esta reconsideración la DGi obvió el fondo de la petición y sólo procedió a negar la solicitud en base a el mero formalismo de no cumplir con el artículo 133E del DE 170 de 1993.

 

Este artículo lista los requisitos que debe acompañar la solicitud de no aplicación del CAIR.

 

Fallo del TAT:

 

En lo que este periódico considera un excelente fallo del TAT, la apelación se falla indicándole a la DGI que se viola el debido proceso con sólo negar el CAIR por una mera formalidad que supuestamente falta en la petición hecha.

 

En palabras del TAT, al no practicar las pruebas propuestas, la DGI había desvirtuado la "finalidad que persigue el agotamiento de la vía gubernativa".

 

Añade el TAT que la motivación del acto administrativo es una garantía esencial del debido proceso, citando los artículos 34, 155 y 200 de la Ley 38 de 2000.

 

Ante la proposición de pruebas por parte del contribuyente, según el TAT, la DGI estaba en la obligación de emitir un Auto de Pruebas y fallar en el fondo, no solamente negar el CAIR por meros formalismos.

 

De esta forma el TAT ordena a la DGI pronunciarse en el fondo.

 

Vea fallo completo haciendo click aquí: (fallo)

 

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Por: Carlos Urbina

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